El tema Simples Nacional IBS CBS exige atención de las micro y pequeñas empresas, porque tres resoluciones ya modifican reglas de 2026 y de 2027.
El tema Simples Nacional IBS CBS cuenta ya con texto oficial. El Comitê Gestor do Simples Nacional (CGSN, órgano gestor del régimen tributario unificado y simplificado brasileño para micro y pequeñas empresas) publicó las Resoluciones 190 y 191 el 10 de agosto de 2026. Después, el 28 de septiembre de 2026, se publicó la Resolución 194. Así, el régimen de las micro y pequeñas empresas pasa a dialogar con la reforma tributaria del consumo.
Qué cambió en el Simples Nacional IBS CBS
Las Resoluciones 190 y 191 modifican la Resolución CGSN 140, de 2018. Esa es la norma base del régimen unificado de recaudación. Por ello, cualquier ajuste en ella alcanza la rutina de todos los contribuyentes acogidos al régimen.
Además, la Resolución 191 derogó la Resolución 189, de abril de 2026. La página de actos normativos de la Receita Federal (administración tributaria federal de Brasil) registra esa derogación. En la práctica, la regla anterior deja de regir y la nueva la sustituye.
La Resolución 194 trata de otro punto. Modifica la Resolución CGSN 186, de 2026. Esa norma define plazos y condiciones de opción por el Simples Nacional y, para quienes se acojan a él, por el régimen regular del IBS (Impuesto sobre Bienes y Servicios) y de la CBS (Contribución sobre Bienes y Servicios) en 2027.
También existe información de apoyo sobre la factura. Dicha información indica que la NFS-e nacional (factura electrónica de servicios de ámbito nacional) pasa a ser obligatoria para las ME y EPP (microempresas y empresas de pequeño porte) a partir del 1 de noviembre de 2026. Asimismo, señala el 1 de enero de 2027 para los efectos de la CBS y del IBS en el régimen. No obstante, el sumario oficial no contiene esos detalles.
Quiénes sienten el impacto del IBS y de la CBS en el Simples
En primer lugar, las microempresas y empresas de pequeño porte acogidas al régimen. Ellas sienten el cambio de forma directa. Además, la emisión de la factura de servicios tiende a seguir un estándar nacional.
También resultan afectadas las empresas que pretenden optar por el régimen. La Resolución 194 incide en los plazos de opción para 2027. Por ello, quien planea entrar o salir del Simples debe revisar el calendario con atención.
Del mismo modo, contadores y responsables fiscales deben ajustar sistemas y rutinas. Por otra parte, el efecto en el precio y en el crédito de los clientes depende de reglas que el texto consultado no detalla.
Plazos y excepciones
Los hitos conocidos hasta ahora son estos:
- 10 de agosto de 2026: publicación de las Resoluciones 190 y 191.
- 28 de septiembre de 2026: publicación de la Resolución 194.
- 1 de noviembre de 2026: NFS-e nacional para ME y EPP.
- 1 de enero de 2027: efectos de la CBS y del IBS en el régimen.
La Resolución 186 ya trataba de los plazos de opción. La Resolución 194 la ajustó en septiembre de 2026. Sin embargo, la página consultada solo recoge los sumarios. No detalla excepciones, sanciones ni los plazos exactos de opción.
Por lo tanto, no existe ninguna conclusión segura sobre esos puntos sin el texto íntegro de las resoluciones.
Qué depende todavía de reglamentación
La reforma tributaria sigue en fase de implantación. Por ello, otras normas pueden complementar las tres resoluciones. Aún falta confirmar los detalles de liquidación, base de cálculo y reconocimiento de ingresos.
Mientras tanto, conviene leer el texto íntegro de cada resolución. A continuación, cabe actuar en tres pasos. Primero, confirme si la empresa mantiene la opción por el Simples. Después, evalúe el régimen regular del IBS y de la CBS para 2027. Por último, alinee el calendario con la contabilidad.
El despacho acompaña estos cambios mediante la lectura directa de las fuentes oficiales. Vea también otras noticias jurídicas comentadas por el despacho.