El STJ (Superior Tribunal de Justiça, tribunal superior brasileño) decidió que las stock options y la contribución previsional (a la seguridad social) no se combinan en las ganancias derivadas del ejercicio de las opciones.
La 1ª Sección del Superior Tribunal de Justiça juzgó el Tema 1379 el 14/10/2026. El tribunal decidió que las stock options y la contribución previsional no se encuentran: las contribuciones previsionales y las destinadas a terceros no inciden sobre las ganancias obtenidas en el ejercicio de opciones de compra de acciones. En la práctica, la empresa que mantiene un plan de ese tipo cuenta con un precedente favorable para reevaluar sus pagos.
Qué debe verificar ahora la empresa que tiene un plan de opciones
El primer paso es mapear los planes vigentes. Después, conviene separar los valores pagados a lo largo de los años. También es útil identificar quién ejerció las opciones y en qué fecha.
- el reglamento de cada plan de opciones;
- los pagos ya efectuados sobre las ganancias;
- las discusiones administrativas o judiciales en curso.
Nuestro entendimiento es que la decisión favorece la revisión del tratamiento dado a los planes, pero la conclusión para cada empresa depende del diseño del plan y del texto final de la tesis.
Por lo tanto, el próximo paso concreto es comparar el entendimiento del STJ con el reglamento de cada plan.
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