Procesos laborales en eSocial: qué cambia con la versión S-1.1

La versión S-1.1 del diseño del eSocial, aprobada por ordenanza conjunta, incorpora el evento de proceso laboral. Las empresas deben informar acuerdos y sentencias de la Justicia del Trabajo, con implantación el 16 de enero de 2023 y convivencia de versiones hasta marzo.

Octubre 2026 4 min de lectura Celso Freitas
Processo trabalhista no eSocial: o que muda com a versão S-1.1

La versión S-1.1 del diseño (leiaute) incorpora el proceso laboral en el eSocial y exige nuevas rutinas a las empresas.

El proceso laboral en el eSocial (sistema brasileño de declaración digital de obligaciones laborales, previsionales y fiscales) pasó a tener un tratamiento propio con la versión S-1.1 del diseño. La Portaria Conjunta MTP/RFB/ME nº 33, de 6 de octubre de 2022 (acto conjunto del Ministerio de Trabajo y Previsión, de la Hacienda Federal de Brasil y del Ministerio de Economía), aprobó esa versión y el nuevo Manual de Orientación del eSocial. En la práctica, las empresas pasan a informar en el sistema los acuerdos y las decisiones de la Justicia del Trabajo. Esta nota resume lo que consta de la publicación oficial sobre el tema.

Qué cambió con el proceso laboral en el eSocial

Los diseños de la versión S-1.1 incorporan íntegramente las evoluciones previstas en la Nota de Documentación Evolutiva 02/2021, dedicada al proceso laboral. Es decir, el sistema ahora admite las informaciones de acuerdos y de condenas en la Justicia del Trabajo. Con ello, aquella nota perdió validez, pues la versión S-1.1 BETA, de 28 de julio de 2022, ya contenía esas evoluciones.

Además, la misma versión trajo ajustes parciales de la Nota de Documentación Evolutiva 01/2021, que trata del impuesto sobre la renta sobre rendimientos del trabajo. En ese punto, el cambio se limita a lo necesario para incluir el IRRF (impuesto sobre la renta retenido en la fuente) en la DCTFWeb (declaración de débitos y créditos tributarios federales previsionales y de otras entidades). La sustitución de la Dirf (declaración del impuesto sobre la renta retenido en la fuente), sin embargo, quedó para un versionamiento futuro.

Quién resulta afectado por la declaración de acuerdos laborales en el eSocial

La novedad alcanza a las empresas que celebran acuerdos o reciben decisiones condenatorias en la Justicia del Trabajo. En especial, interesa a quien debe confesar deuda de contribuciones previsionales y de contribuciones a terceros derivadas de esas decisiones. Por eso, las áreas jurídica, de recursos humanos y de nómina necesitan trabajar de forma conjunta.

La publicación oficial cita la Instrução Normativa RFB nº 2.094, de 2022 (instrucción normativa de la Hacienda Federal de Brasil). Según ella, esas informaciones deben constar de la DCTFWeb a partir del período de liquidación 01/2023. Así, el eSocial deja de ser únicamente un canal de datos de nómina. Pasa a alimentar también la liquidación de tributos originados en procesos laborales.

Plazos y excepciones de la versión S-1.1

El cronograma de implantación sufrió una alteración a solicitud de las empresas. Conforme al calendario divulgado:

  • Implantación de la versión S-1.1 en el entorno de producción: 16 de enero de 2023.
  • Convivencia entre las versiones S-1.0 y S-1.1: hasta el 19 de marzo de 2023, es decir, dos meses.
  • Versión S-1.0 de convivencia (NT 06): 16 de enero de 2023.

Existe una excepción relevante. Las alteraciones de los eventos remuneratorios orientadas a la liquidación del IR (impuesto sobre la renta) para la DCTFWeb entran en producción solamente a partir del período de liquidación 03/2023. Del mismo modo, las informaciones de retención de IRRF solo deben constar de la DCTFWeb a partir del período de liquidación 05/2023. La misma instrucción normativa fija ese plazo.

Cabe una observación. Circuló la referencia al 1 de enero de 2023 como hito de la obligación. La publicación oficial, no obstante, se refiere al período de liquidación 01/2023 en la DCTFWeb y a la implantación en producción el 16 de enero de 2023. Por eso, conviene leer ambos hitos de forma conjunta.

Qué hacer ahora

Primero, mapee los procesos laborales en curso y los acuerdos homologados que generen contribuciones a ingresar. Después, verifique si el sistema de nómina o el prestador de servicios ya está adaptado al diseño S-1.1. A continuación, alinee el flujo entre el abogado que conduce la causa y el equipo que envía el eSocial.

También resulta recomendable revisar los términos de los acuerdos. La discriminación de las partidas, por ejemplo, influye en la base de cálculo de las contribuciones que deben declararse. Por último, aproveche el período de convivencia para probar los envíos y corregir inconsistencias antes del fin del plazo.

Qué depende todavía de reglamentación

La publicación oficial deja claro que la versión S-1.1 no contiene todos los ajustes para sustituir la Dirf. Esos ajustes vendrán en un nuevo versionamiento, aún sin fecha. Mientras tanto, las empresas siguen con las obligaciones actuales relativas al impuesto sobre la renta.

Además, el Manual de Orientación del eSocial, aprobado por la misma portaria, contiene los detalles operativos de cumplimentación. Por lo tanto, la consulta al manual resulta indispensable para definir qué eventos utilizar y cómo informar cada partida.

En resumen, el proceso laboral en el eSocial exige integración entre el contencioso y las rutinas de nómina. El despacho acompaña este tema con atención y reúne otras noticias jurídicas comentadas por el despacho.